3) CUERPO DE VIGILANCIA PUBLICA: (1852-1868)
• En 1852, se le da a la Policía Española, el nombre de “Vigilancia Publica”, conociéndose a sus miembros por “Vigilantes”.
• El carácter del Cuerpo es Militar, proviniendo los mandos del Ejercito.
COMENTARIO:
• En esta época el Cuerpo continua como en la etapa anterior, es decir, con una estructura de Comisarios de Seguridad Publica y Celadores, nombrados a dedo por el Jefe Político Provincial, del cual dependían y sin una estructura nacional.
• Las tareas de Policía Uniformada las realiza un Cuerpo Militar, el Cuerpo de Vigilancia Publica, en la practica adscritos a Madrid. En el resto de Capitales es la Guardia Civil, quien tiene el protagonismo exclusivo de la Seguridad y el orden publico.
4) CUERPO DE ORDEN PUBLICO: (1868-1877)
• Tras la revolución de 1868, conocida como “La Gloriosa”, que supuso el destronamiento de Isabel II, se organiza el “CUERPO DE ORDEN PUBLICO”, con territorialidad en la Capital y sus alrededores, exclusivamente. Esta estructura se extienden a toda España por Decreto de 1 de junio de 1870, del llamado Primer Gobierno Provisional.
• El Cuerpo de Orden Publico, fue un Cuerpo totalmente uniformado y organizado militarmente.
• En 1870, tras el atentado que le costo la vida al General PRIM, se libero a varios policías de llevar el uniforme para que pudieran dedicarse a tareas de Investigación.
• Como anécdota comentar que dos Toreros ilustres como “Mazzantini” y “Frascuelo”, fueron respectivamente Comisario y Sargento del Cuerpo de Orden público.
• De 1872 a 1876, tiene lugar la tercera Guerra Carlista.
COMENTARIO
• Durante el sexenio revolucionario (1868-1874), no se introduce la más mínima reforma Policial, pese a que los desordenes son la constante del anteceder social y político.
• El Cuerpo de Orden Público continua en la practica adscrito a Madrid, lugar de los máximos conflictos. En el resto de Capitales las labores de seguridad y orden publico, las continua realizando en exclusiva la Guardia Civil.
5) CUERPO DE VIGILANCIA Y CUERPO DE SEGURIDAD: (1877-1941)
•En 1877, siendo Ministro de la Gobernación Francisco Romero Robledo, se reorganiza la Policía de Madrid, creándose por Real Decreto de 6 de Noviembre del mismo año, la Policía Gubernativa y Judicial, la cual se componía de dos servicios: el primero, llamado de Vigilancia, y el segundo, de Seguridad.
• El 18 de Octubre 1887, se aprobaba un nuevo Reglamento de Policía que extendía esta organización al resto del territorio nacional.
• El nuevo modelo policial, introducía una importante modificación: “LA DIVISIÓN DE LA POLICÍA GUBERNATIVA ESPAÑOLA EN DOS CUERPOS: EL CUERPO DE VIGILANCIA Y EL CUERPO DE SEGURIDAD”.
• El Cuerpo de VIGILANCIA, Fue un Cuerpo no uniformado, concebido como Policía Judicial y como una Policía Técnica y de Investigación.
• En 1906, se fusiona con el Cuerpo de VIGILANCIA, un Cuerpo creado en 1896 y que dependía de las Audiencias Provinciales, el Cuerpo de Policía Judicial. Este Cuerpo fue creado para luchar contra el anarquismo en Madrid y Barcelona, pero el experimento no funcionó y se fusiono con el Cuerpo de Vigilancia.
• Con la llegada de la Segunda Republica, en 1931, el Cuerpo de Vigilancia paso a denominarse Cuerpo de Investigación y Vigilancia.
• El Cuerpo de SEGURIDAD, fué un Cuerpo, armado y uniformado, de organización y estructura militar, y cuyos componentes estaban sometidos al Código de Justicia Militar. El Jefe tenia que ser un Coronel del Ejercito o de la Guardia Civil y sus mandos eran todos militares, destinados en comisión de servicio en el Cuerpo de Seguridad.
Su función era mantener la tranquilidad publica y la observancia de las Leyes en el interior de las poblaciones.
• Las bases de la Policía moderna en España hay que buscarlas en la Ley Orgánica de 27 de febrero de 1908, resultado de los esfuerzos del entonces Ministro de la Gobernación, D. Juan de la Cierva y Peñafiel (Internacionalmente conocido por ser el inventor del autogiro, padre del actual Helicoptero). En dicha Ley se determinaron las condiciones para la carrera Policial, eliminando la lacra de la cesantía, que impedía la profesionalización plena del Cuerpo. Son años de continuas reformas en la Policía, para dar respuesta a los problemas de una sociedad cada vez más urbana. La Policía se potencia, se moderniza, se especializa y amplia sus competencias.
• El 13 de febrero de 1930, es nombrado Director General de Seguridad, el General de Brigada del Arma de Infantería D. Emilio MOLA VIDAL, quien estaría al mando de la Policía Española hasta el 14 de abril de 1931. Si bien su duración en el cargo fue efímera, su labor seria muy fecunda. No-solo por haber redactado el Reglamento Provisional de 1930, que estuvo en vigor hasta 1975, y que fue conocido en el seno de la Policía Española como, el ”Reglamento Mola”, sino, por haber creado dentro del Cuerpo de Seguridad unos Grupos especiales llamados Secciones de Gimnasia que estarían específicamente preparados para actuar en la represión de disturbios callejeros. Las citadas Secciones son los antecedentes más lejanos de las actuales Unidades de Intervención Policial (U.I.P.).
• Durante la Segunda Republica se crea la Sección de Asalto dentro del Cuerpo de Seguridad. Esta Sección de Asalto tiene sus orígenes en la anteriormente citada Sección de Gimnasia, y surge por Ley de 30 de Enero de 1932, encomendándose su organización al entonces Teniente Coronel del Ejercito, D. Agustín MUÑOZ GRANDES.
COMENTARIO
• A partir de finales del Siglo XIX y comienzos del XX, la Policía Española cobra un protagonismo compartido con la Guardia Civil, en cuanto a labores de Policía uniformada y encargada de la seguridad y el orden público en las ciudades.
• En 1930, el General Mola crea la SECCIÓN DE GIMNASIA dentro del Cuerpo de Seguridad. La citada Sección fue la primera Unidad específicamente preparada para actuar en la represión de disturbios callejeros. Desde ese momento la Policía Española se convierte en la protagonista indiscutible del mantenimiento del orden publico en las ciudades.
6) CUERPO GENERAL DE POLICÍA Y CUERPO DE POLICÍA ARMADA Y DE TRAFICO: (1941-1978)
Creados por la Ley de 8 de Marzo de 1941.
• El Cuerpo de Vigilancia pasa a denominarse CUERPO GENERAL DE POLICÍA y el Cuerpo de Seguridad cambia su denominación por la de CUERPO DE POLICÍA ARMADA Y DE TRAFICO.
• El Cuerpo General de Policía, fue un Cuerpo no uniformado, de naturaleza civil, concebido como una Policía Técnica y de Investigación.
• El Cuerpo de Policía Armada y de Trafico, fue un Cuerpo armado y uniformado, de organización y estructura militar, cuyos componentes estaban sometidos al Código castrense. Dicho Cuerpo formaba parte de las Fuerzas Armadas de la Nación, según recogía la Ley Orgánica del Estado de 10 de Enero de 1967, teniendo como misión “La vigilancia total y permanente, así como de represión cuando fuere necesario”.
• A partir de 1959 se le denomino solamente Cuerpo de Policía Armada, al transferirse las competencias de Trafico a la Guardia Civil.
• Digno de destacar es el servicio creado a principios de los años 60 en algunas capitales españolas y que luego se extenderían al resto de las provincias, el Servicio del 091, desarrollándose por primera vez y de forma sistemática una función social por parte de la Policía Española.
7) CUERPO SUPERIOR DE POLICÍA Y CUERPO DE POLICÍA NACIONAL (1978-1986)
• La Ley 55/78, cambia las denominaciones de los dos Cuerpos. El Cuerpo General de Policía pasa a denominarse CUERPO SUPERIOR DE POLICÍA y las Fuerzas de Policía Armada, se denominan a partir de entonces CUERPO DE POLICÍA NACIONAL.
• El Cuerpo Superior de Policía, era un Cuerpo de naturaleza civil no uniformado, con las mismas competencias Técnicas y de Investigación que tenia el antiguo Cuerpo General de Policía.
• El Cuerpo de Policía Nacional, fué un Cuerpo uniformado de organización y estructura Militar, estando sus componentes sujetos al Código de Justicia Militar. Dicho Cuerpo asumía las competencias que anteriormente tenían las Fuerzas de Policía Armada.

CUERPO NACIONAL DE POLICÍA (1986-‘?)
• La Ley 2/86 de 13 de Marzo unifica a los dos Cuerpos de la Policía Gubernativa Española y crea el CUERPO NACIONAL DE POLICÍA.
• El citado Cuerpo es un Instituto armado de naturaleza civil, dependiente del Ministerio del Interior.
• Dicho Instituto es un Cuerpo Uniformado, Jerarquizado y estructurado en Escalas y Categorías, perteneciente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
En resumidas cuentas que, aunque la Policía Española tuvo varias denominaciones, en todas las épocas han existido policías profesionales que, por encima de todos los obstáculos e Incluso con el sacrificio de sus vidas, han cumplido con su deber.
Un saludo.