Ley 57/03, de 16 de diciembre, de “Medidas para la modernización del Gobierno Local”, donde en su disposición adicional décima establece literalmente: “En el marco de lo dispuesto en las leyes Orgánicas 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial; 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y en las disposiciones legales reguladoras del régimen Local
se potenciará la participación de los Cuerpos de Policía Local en el mantenimiento de la Seguridad Ciudadana como policía de proximidad, así como el ejercicio de las funciones de policía judicial”
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FUENTE: NOTICIAS JURÍDICAS:
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2003.html
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"No hay que retirarse jamás, no hay que rendirse jamás...morir en el campo de batalla, es la mayor gloria que se puede alcanzar en la vida..."