TRIBUNALES Formaliza el criterio del Tribunal Constitucional
El Supremo dice que las confesiones ante la Policía no valen como pruebaEl acuerdo del Pleno, adoptado por 12 votos frente a cinco, dificulta las condenas
Modifica el criterio que fijó en 2006 para ajustarse a las decisiones del Constitucional
MANUEL MARRACO Madrid Actualizado:03/06/2015 14:13 horas
El Tribunal Supremo ha acordado este miércoles que las confesiones ante las Fuerzas de Seguridad no ratificadas ante el juez no sirven como prueba.
El Supremo formaliza así el criterio marcado por el Tribunal Constitucional, que en su día rechazó que las meras confesiones pudieran ser base de una condena. Esta situación se ha dado con mucha frecuencia en casos de terrorismo, en los que los detenidos confesaban ante la Policía o la Guardia Civil pero callaban ante el juez.
Durante años, esas declaraciones incriminatorias sí fueron suficientes para dictar condena. En los últimos años, en ocasiones la Audiencia las rechazaba como prueba radicalmente, pero en otras las validaba si eran corroboradas por otros datos de la investigación.
La tesis que se ha impuesto en el pleno no jurisdiccional (no se resolvía ningún caso concreto) es la de que las declaraciones no son prueba, ni aunque vengan corroboradas por otros datos. "Las declaraciones ante los funcionarios policiales no tienen valor probatorio", dice el acuerdo del Pleno, que sustituye a otro acuerdo de 2006. Con el acuerdo anterior las declaraciones sí podían valorarse por el tribunal cuando se incorporaban a juicio mediante su lectura a petición de las acusaciones. Esa vía ya no es posible.
El único caso en el que sí puede conducir a la condena es el de las declaraciones en las que el detenido revele datos que luego se confirman como ciertos y que sólo un partícipe en los hechos podría conocer. Entonces el tribunal puede inferir su relación con los hechos y emplearse para condenar.
La decisión no ha sido unánime. El nuevo acuerdo ha sido aprobado por 12 votos frente a cinco.
http://www.elmundo.es/espana/2015/06/03 ... b45cc.html