Elmuns escribió:
DANIEL escribió:
¿Un Ayuntamiento está exento de la obligatoriedad de tener un seguro de responsabilidad civil al ser administración pública y ser por consiguiente responsable subsidiario por tal motivo de las anomalías que surgan derivadas del ejercicio de sus competencias o por el contrario también debe tener dicho seguro paralelamente al margen de lo descrito previamente?
Plantea mejor la pregunta, porque no se entiende muy bien por lo menos el menda para poder darte una mejor respuesta
Pues si un Ayuntamiento al ser administración pública y por lo tanto responsable civilmente, tiene que tener el seguro de responsabilidad civil obligatoriamente o por el contrario está exento de esa obligatoriedad por su carácter público...
_________________
"No hay que retirarse jamás, no hay que rendirse jamás...morir en el campo de batalla, es la mayor gloria que se puede alcanzar en la vida..."