Hola.
gemina escribió:
Los requisitos que pide el ministerio de interior es ser vigilante de seguridad,no dice nada de tener experiencia militar
Efectivamente la ley no lo requiere, pero es que el que hizo la ley entiende lo mismo de vigilantes y de armas que un zapato.
Si se dota de armamento militar a un personal x (sea vigilante o sea bombero) no tiene sentido que no se EXIJA un conocimiento y experiencia en el manejo de armas. Pero en que cabeza cabe enviar a gente que no sabe como funciona un arma?
Cierto, pero para ello, el rd y su reglamento de desarrollo establecía las reglas del juego para la adquisición, custodia y uso de este armamento. Y se debería de haber capacitado al personal de forma correcta, para hacer las cosas bien en el entorno operacional, y como de momento, lo que están haciendo, está saliendo bien, con cortina informativa - dicen que a veces, de humo inclusive - y todo, el planteamiento resulta util desde el punto de vista operativo.
Yo lo habría hecho de otra forma, y me explico:
Si yo, por poner un ejemplo, mañana preparo para una empresa de seguridad un plan de operaciones sobre este tema y solicito la adquisición de XX fusiles de asalto y su cartuchería, si tengo previsto un armero específico y dedicado para su custodia, si contrato y me autorizan prácticas de tiro en una galería o en mar abierto..., según funcionan las cosas en seguridad privada y sus relaciones, haciendolo bien y con los pasos adecuados, no debo de tener problema.
Tengo el armamento, formo a los equipos operativos que considero, los capacito y a jugar.
gemina escribió:
Por cierto,hablando de legislación, que yo sepa, los EEUU no han autorizado a España a que repartir material y componentes clasificado/ ITAR a civiles. También me gustaría ver los permisos de importación del armamento der seguriberica que pasaron por Seychelles...
Aquí, debo de reconocer mi ignorancia, no se y cuando no se sabe lo mejor es preguntar.
Que pintan los Estados Unidos de América en lo que haga un país soberano con armamento adquirido a una empresa alemana, si articula una legislación propia y autónoma, como no debe de ser de otra forma? Si fuese armamento militar adquirido en EEUU, puedo entenderlo, pero lo que hagan un gobierno con lo que compre a otro, no debería de meterse, o tratamos también a renglón seguido de los
daños colaterales ocasionados con armamento de fabricación norteamericana en teatros operacionales diferentes???????.
Permisos de importación? Creo que esto no es importación, si no tránsito. Y habría que saber más sobre ciertas variables:
Como fue el armamento hasta Seychelles? En un avión civil a un aeropuerto civil, en un avión militar al contingente militar español desplegado y luego se distribuyó por los barcos para los servicios autorizados, en un avión militar o civil, y se repartió en el aeropuerto en las narices de las FCS locales?
Existía una autorización previa del gobierno local para la entrada de armamento militar por extranjeros para los servicios de seguridad marítima? el gobierno de seychelles está recibiendo ayudas económicas y estratégicas para mitigar este problema y a cambio, permite estas actuaciones? Una mano lava otra y esas cosas....
El gobierno de seychelles ha puesto problemas a otras empresas distintas a Seguribérica para el tránsito y estancia en su territorio soberano de armamento de guerra dirigido en exclusiva a servicios de seguridad marítima? O las observaciones sólo sirven para la unica - espero que sólo de momento, y entren otros jugadores en escena - empresa de seguridad privada española que hace este tipo de operativos?

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La milicia es una religión de hombres honrados.
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Pedro Calderón de la Barca. Soldado de Infantería Español.
