stark escribió:
Una duda ¿ Cuando estás de servicio , puedes portar tu arma particular ?

Pues si eres policia local si consigues un documento del alcalde autorizandote a llevar tu arma particular ya estarias cubierto.Si eres del CNP o GC solo puedes llevar tu arma particular si eres jefe u oficial(En el caso de GC,en el CNP supongo que sera similar)y las policias autonomica lo desconozco.
El problema a la negativa a poder llevar el arma particular radica en dos motivos uno la excusa de la uniformidad y el segundo y mas importante es la responsabilidad civil del uso de un arma que no es de dotación,ya que la administración se desentendera del tema alegando que eso no te lo han dado ellos