Fuerzas de Elite

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NotaPublicado: 31 May 2007 18:35 
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Registrado: 31 May 2007 18:03
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Buenas tardes.

En primer lugar quiero presentarme, pues aunque llevo cierto tiempo leyendo el foro, es la primera vez que escribo. Pertenezco al Ejército del Aire, y no se me ocurría un hilo más adecuado para mi primera pregunta, aunque agradezco cualquier sugerencia al respecto.

También es oportuno felicitarles a todos por el magnífico foro que han creado, y animarles a mantener el nivel. :grin:

Bueno, al turrón. No soy de la Policía Aérea, pero tengo muchos amigos en diferentes Escuadrillas de Policía de toda España. Uno de los problemas más peliagudos con los que nos encontramos los militares dentro de España, es tener que prestar algún tipo de servicio de vigilancia fuera de instalaciones militares. Tenemos el caso de los meses posteriores al 11-M, donde hubo que vigilar vías, estaciones, pantanos, etc, pero también se da en el funcionamiento cotidiano de las unidades.

Estoy pensando en ciertas dependencias, de cierta ciudad, aunque el caso es extrapolable a cualquier otra. El caso es que la policía, tiene un puesto de guardia en un espacio, que sin pertenecer al cuartel, solo lo usamos los militares. El problema, es que como un día pase algo, tengan que proceder a una detención, una identificación, etc, y un individuo, civil, se ponga burro y halla un altercado, me temo que se pueden dar por jodidos como los denuncien.

¿Como se podría actuar en estos casos si no hay ningún policia nacional/local cerca?, ¿que medios se pueden usar?, ¿que respaldo legal tendrían en ese caso?. Si estas vigilando un pantano por la noche, en medio de la sierra, y presencias un delito ¿como debería uno actuar?. :sad:

No se si me he sabido explicar bien. Es un poco dificil sin poner un ejemplo concreto, pero en resumen, me gustaría tener alguna pista/consejo/comentario de ustedes, a cerca de como poder actuar en la calle, cuando estas cumpliendo un servicio y vas perfectamente identificado como militar. La policia estando dentro de su jurisdicción, cada vez lo tiene más dificil, con que si alguno de nosotros algún día tiene un problema ya ni te cuento.

Bueno, perdón por el rollo y un saludo.

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 Asunto: detenciones
NotaPublicado: 31 May 2007 21:41 
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Registrado: 24 May 2007 22:36
Mensajes: 64
Ubicación: Zona Norte
Hola: En primer lugar y siempre que la detencion y / o intervencion de seguridad este fundada y guarde los consabidos criterios de "proporcionalidad", estaria amparada en la Ley de enjuiciamiento criminal, donde viene a decir que cualquier ciudadadano podra detener a quien comete delito y al delincuente en rebeldia o fuga. No recuerdo ahora mismo el texto exacto del articulo pero en sintesis viene a decir eso. Ademas los posibles delitos a los que tuviere que enfrentarse un militar, en el caso que tu citas (en un monte o pantano, de noche, etc) seran delitos "de marca mayor" probablemente, como serian sabotajes, atentados, etc y en estos casos no habria dudas sobre la intencion del delincuente.

Un saludo.


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NotaPublicado: 01 Jun 2007 19:24 
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Registrado: 28 May 2007 21:20
Mensajes: 18
Bueno compañero, ante todo recordarte que el tema es más facil de lo que piensas, pues antes de una misión de ese tipo, como fueron las vias, se nos dieron unas estupendas y completas clases de actuación.
En cada misión se deben de tener unas normas de enfrentamiento y actuación, ROE´s sigiendo esas normas no hay ninguna pega en actuar, pero recuerda siempre de ese marco, esa es la legalidad, además lo digo pues tuve un caso particular que me llevo a juicio y con las normas en la mano no hay problema.
VIVA ESPAÑA.
VIVA LA MUERTE.
VIVA LA LEGION.


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NotaPublicado: 02 Jun 2007 12:19 
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Registrado: 31 May 2007 18:03
Mensajes: 6
Muchas gracias por vuestros comentarios. Pero pongamos un caso un poco menos claro (y hablo de situaciones que se dan a diario).

Vamos a suponer, que ciertos miembros de la policía de un acuartelamiento, hacen labores de vigilancia perimetral y de escolta de autoridades (generales) en la calle y vestidos de paisano. Imaginemos que observan movimientos sospechosos en los alrededores, de moritos haciendo fotos y apuntando cosas (puede que no sea nada o puede que sea mucho). En ese caso, ¿tendían soporte legal a la hora de hacer una identificación?, ¿y a la hora de retenerlos hasta que acuda la Policía o la Guardia Civil?, ¿y si hay que reducirlos por la fuerza?.

Un saludo.

¡VIVAN LAS FAS Y LOS FCSE!

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 Asunto: "notas"
NotaPublicado: 03 Jun 2007 23:32 
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Registrado: 24 May 2007 22:36
Mensajes: 64
Ubicación: Zona Norte
En pricipio y con la Ley en la mano si estan tomando notas y /o fotografias en la calle, no es ningun delito ademas piensa que ese "morito" puede alegar que es turista y esta tomando fotos de un monumento, ojo con esos temas. Por la parte de tomar fotografias en o de instalaciones militares si se podria hacer algo. Lo que siempre podras hacer en esos casos es dar parte a la fuerza publica de todo lo que has presenciado; descripcion fisica, movimientos, aportar grabaciones cc.tv, etc
Una identificacion incluso para un miembro de la FCSE tiene que tener una minima base y mas hoy en dia. No se puede ir pidiendo la "documentacion" asi por asi.

Lo principal en esos temas es que tengas mucho sentido comun.

Saludos y suerte.


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NotaPublicado: 04 Jun 2007 17:33 
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Registrado: 31 May 2007 18:03
Mensajes: 6
Muchas gracias por los comentarios. Seguiremos vigilando º!!2

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NotaPublicado: 21 Jun 2007 22:01 
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Registrado: 21 Jun 2007 00:28
Mensajes: 36
Ubicación: España
La policía aérea no se le considera agente de la autoridad así que no puedes ir pidiendo identificación a nadie. Incluso la policía - como ha dicho 38-SPL- no puede hacer filiaciones arbitrariamente. En cuanto a lo que dices de que están tomando fotos, lo mejor que puedes hacer - en mi opinión - es llamar a las FFCCSS que para eso están. Si los "retienes" ya te estás jugando mucho, porque si luego se demuestra que están haciendo fotos a otra cosa o de turismo o lo que sea... te pedirán explicaciones a ti y el marrón te lo comes tu solito... En fin es mi opinión, aunque también hay que tener en cuenta las circunstancias.

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A España servir hasta morir


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NotaPublicado: 21 Jun 2007 23:52 
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Registrado: 17 May 2007 21:43
Mensajes: 70
Lo primero que hay que saber es cuando se puede detener, ¿qué es detener? ¿qué es delito y falta? etc etc, o sea, formación juridico policial, Código Penal y Lecrim.

No vendría mal que se diera formación en ese sentido a los que realizan ese tipo de labores de seguridad militar.

Se podría dar el caso de que el militar que vigila o contra-vigila un pantano o red electrica detecte a un paisano realizando una acción constitutiva de delito en las narices del militar y como quiera que el soldado o mando no sabe que esa acción es punible.....no actue, y si es punible...¿procede detención? ¿o era falta y no delito? o solo algo administrativo....

Os recuerdo que la retención no existe, o se detiene o se deja en libertad, incluso una identificación en vía publica realizada por FYCS es lo que la jurisprudencia viene llamando detención especial a la que está sujeto el ciudadano de forma forzosa siempre que se ajuste a derecho. Así que aguantar a un tío en la calle y esperar a que venga un agente de policía....podría dar dolor de cabeza a alguien si dicha detención o privación de movimientos mientras llega la poli no se ajusta a derecho.

En fin, cosas que ni muchos agentes conocen.


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NotaPublicado: 21 Jun 2007 23:53 
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Registrado: 17 May 2007 21:43
Mensajes: 70
Ah, olvidé decir que te felicito Odín, esa pregunta denota interés e inquietud, algo que valoro mucho.


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