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NotaPublicado: 16 Jun 2008 00:13 
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Registrado: 17 May 2007 23:28
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granexplorer escribió:
...............
Ellos entran a mi casa y no se con que intenciones, asi que prefiero que se queden en en pasillo incapacitados por no decir otra palabra , a que lleguen a mi habitacion o la de mi hija y hagan otra cosa.Si yo dejo sordo a un agresor pero sigue con dos manitas y dos piernas activas puede hacer muchas cosas.
Yo tengo claro que prefiero ir Meco que lamentarme de no haber hecho mas para evitar otras cosas.
un saludo para todos
Un par de cosillas si usas un sonido estridente le incapacitas,ya que de momento tendra que usar las manos para taparse los oidos movimiento natural por cierto, a partir de cierto umbral el sonido se convierte en dolor y en función de ciertos tonos llega a producir mareos,ya que afecta al sentido del equilibrio que tenemos en el oido de hecho fue muy estudiado para ser usado como arma menos letal por distintos oranismos entre ellos el ejercito sueco,asi que es una medida para tener muy en cuenta ya que te daria unos segundos preciosos para adoptar otras medidas como huir, proteger a tu familia o usar otros medios.
Lo del arma de fuego esta muy bien pero supongamos que llegas a usarlo,como bien dice mgver es preferible salir de la carcel que del cementerio pero .... ¿y luego que?¿Con que vas a recibir a los siguientes con un tirachinas?Porque salvo que tengas armas ilegales en casa ninguna intervención de armas te concederá ninguna licencia.
Asi que yo con la legislación en la mano y a dia de hoy consideraria para que nos hagamos una idea la equivalencia del uso de un arma de fuego por parte de civiles al de una bomba nuclear,asi que piensa en esto como tu ultimisimo recurso, se que suena fuerte pero es asi de tragica la cosa,si la ley no protege a sus propios policias ni a los vigilantes de seguridad como crees que protegerá al ciudadano vulnerado...
un abrazo

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Tratamos de hacer las cosas " A prueba de idiotas"; El problema radica en que cada dia hacen mejores idiotas.


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NotaPublicado: 16 Jun 2008 20:22 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
Hola.

Citar:
Eximentes, atenuantes y agravantes


Las eximentes
Las atenuantes
Las agravantes
La circunstancia de parentesco




Las eximentes
Las circunstancias que excluyen la responsabilidad criminal o eximentes son aquellas que exoneran de responsabilidad penal al autor de un delito, siempre y cuando concurran las siguientes circunstancias:

Es necesario que la persona que cometa la infracción, en el mismo momento de realizarla, no comprenda la ilegalidad del hecho por padecer algún tipo de anomalía o alteración psíquica; se exceptúan los casos en los que la anomalía o alteración es provocada previamente y con el propósito de cometer el delito.
Si, por ejemplo, la persona se encuentra bajo el síndrome de abstinencia, se considera que sus alteraciones psíquicas le impiden comprender la ilegalidad del acto cometido.

Que el imputado esté plenamente intoxicado en el momento de cometer el delito por haber consumido bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos similares, siempre que, como en el caso anterior, esta situación no fuese provocada con propósito de cometer la infracción.

Que las personas tengan deformada la conciencia de la realidad por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o la infancia.

Cuando las personas actúen en defensa de sí mismos o de derechos propios o de terceros: la legítima defensa.

En estos casos es necesario además que concurran los siguientes requisitos:

Que exista agresión ilegítima, es decir, un ataque injustificado que produzca un peligro real de atentar contra bienes protegidos legalmente. En caso de defensa del hogar, se considerará agresión ilegítima la entrada indebida en la misma.
Que el medio de defensa utilizado sea racionalmente necesario para oponerse o impedir la agresión (por ejemplo, no sería racional disparar a quien amenaza o ataca con un palo)

Si la persona que ha cometido el delito lo ha hecho para impedir una agresión que él mismo ha provocado de forma intencionada, tampoco se podrá modificar la responsabilidad penal derivada de sus actos en aplicación del principio de legítima defensa.

Cuando una persona pretenda evitar un perjuicio a sí mismo o a una tercera persona, lesionando o infringiendo un deber o los derechos de un tercero, se aplicará la eximente siempre que concurran los siguientes requisitos:

Que el mal que se ocasione no sea mayor que el que se pretenda evitar.
Que la persona que pretenda evitar el mal no haya provocado la situación de forma intencionada.
Que el necesitado no tenga obligación de sacrificarse por el cargo y oficio que desempeñe.

Quien actúe impulsado por miedo insuperable, producido por el temor fundado a sufrir un daño efectivo, grave e inminente.

Quien actúe cumpliendo un deber o ejerciendo legítimamente un derecho, un oficio o un cargo.
Por su parte, los menores de 18 años no serán responsables criminalmente de conformidad al Código Penal sino que se les aplicará la normativa específica reguladora de la responsabilidad penal del menor.



Intrusión en una vivienda, amenaza y riesgo inminente sobre los ocupantes de la misma, yo solo cito.

Creo que coincide. Que no pase, pero un buen penalista, la situación de inseguridad, no se yo. :cool:

Fuente: http://www.iabogado.com/esp/guialegal/g ... 0500000000

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La milicia es una religión de hombres honrados.
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Pedro Calderón de la Barca. Soldado de Infantería Español.


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NotaPublicado: 04 Mar 2009 21:29 
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Registrado: 24 Mar 2008 18:17
Mensajes: 95
Buenas.

Para empezar creo que todo lo que digamos no sirve.

Las 3 de la madrugada sobao perdido por que estás agotado de currar, seguro que no te dejan tomar café para despejarte y pensar que hacer.

Ellos entran en una casa en la que saben que hay gente, por lo tanto tienen muy claro a lo que van, aunque no se lleven ni para pagar el viaje de vuelta.

Y si les haces algo, ya puedes cambiar de casa por que aunque la justicia considere que has actuado correctamente, sus "colegas" quizás no piensen igual.

Lo siguiente lo digo desde los nervios que me causa pensar que puede ocurrir, si los administradores consideran que no es correcto que lo editen, pero ya digo es con humor, por suavizar las ideas.
Bien tienes jardín, si. Pues manos a la obra: agujero, tío dentro, y limonero encima.

Robo, que robo, no se de que me habla. Ese árbol ya estaba ahí cuando yo compre la casa, a que es chulo el limonero.

Saludos.

Saludos, y espero no ofender a nadie.

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Nada hay en el mundo mas peligroso que un tonto, por que no descansa. Lo es 24 horas al día.


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NotaPublicado: 04 Mar 2009 22:44 
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Registrado: 17 May 2007 23:28
Mensajes: 1102
Pues ciertamente Aussie tal y como se va a poner el pais me da a mi que vas a tener una hermosa plantación de limoneros ......... jeje
Y ya en serio sinceramente y con la ley en la mano la cosa está dificil y lo que diga un abogado y lo que piense el de las puñetas será lo que te condene o te suelte,y por supuesto luego quedan los colegas....
Un abrazo

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NotaPublicado: 14 Mar 2009 02:12 
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Registrado: 22 Sep 2007 13:30
Mensajes: 117
el tema en si es peliagudo.....porque si tienes que repeler a gente que entra en tu casa, tienes dos dilemas.....uno, estar a la altura de las circunstancias, que no siempre sera asi y estar preparado, en caso de salir con los chorizos lesionados, malparados o secos, para un juicio que posiblemente pierdas.

si nos ponemos en el pellejo de la persona "normal", ciudadano de "andar por casa", hay que reconocer que lo tienen muy complicado, ya que la ley no le permite tener un arma "convencinal" en casa y menos aun usarla, por lo que ya tiene un porcentaje altisimo de salir malparado.
si, por casualidad, coleccionas cuchillos y defiendes tu integridad, la de tu familia y la de tu vivienda con el, posiblemente, el parte de lesiones que le den los chorizos al juez sea suficiente para , al menos calentarte bien la cabeza.
si eres fontanero y le pegas con una llave inglesa en la cableza, la $%&ª......
que hacer?????
bueno, en primer lugar y aunque suene "politicamente poco correcto", lo que haria es no hacer mucho caso de la ley, estar lo mas armado que pueda en casa y rezar para que nunca tenga me vea en una situacion de estas.
pero una cosa esta clara.......3 años de carcel pasan, el que 3 h. de p. te destrozen la vida a ti y a tu familia no pasa jamas.
independientemente del tipo de arma que se use, en la vivienda( un piso, como vivienda mas habitual), tendria en cuenta varias cosas para estar "mas seguros"
-vanos de las ventanas enrejados, interiormente, con acero templado y con tornillos posteriormente soldados.diseñado con cerradura de seguridad para poder abrir hueco en caso de necesidad.
-diferenciar la parte diurna de la nocturna, de la casa, mediante una puerta de seguridad, que cerraremos cuando nos vayamos a dormir.
-un perro, muerda o no, el caso es que nos despierte.
-puerta rf60( resistente al fuego), del descasillo, cerrada siempre.
-ascensor con llave para cada piso
-accesos a garajes solo mediante ascensor y con llave
-alarma conectada, preferiblemente, con algun vecino de confianza.....el se encargara de avisar a quien deba.
-dejar la luz del distribuidor de nuestra casa, encendido
-alarma sonora en la puerta principal, aparte de la que avisa al vecino(cuanto mas escandalosa sea mejor)
-una pequeña camara instalada en la casa pero que podamos ver desde nuestro sitio-seguro

como medidas, caseras y poco aparatosas, pueden estar perfects.............el caso es evitar, primero el conflicto y despues que nos roben.....
pero si evitamos el conflicto aunque nos hayan robado, el mal es menor.
de todas maneras, decir, que si los chorizos vienen bien preparados, casi ningun medio nos evitara la desgracia, pero al menos se lo podemos poner dificil.


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