Fuerzas de Elite

Portal dedicado a las Unidades Especiales de la Policia y el Ejercito, sus tácticas, sus armas, su equipamiento...
Creditos
Fecha actual 16 Abr 2024 09:24

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 
Autor Mensaje
NotaPublicado: 24 May 2007 12:32 
Desconectado
Site Admin
Site Admin
Avatar de Usuario

Registrado: 10 Ene 2007 15:56
Mensajes: 17109
Ubicación: ESPAÑA
tango uno escribio:

Estimados señores, este es mi primer aporte a este foro, espero que sea de agrado.
En Costa Rica , no contamos cor ejercito, solo tenemos policia preventiva(personal uniformado , y vehiculos rotulados) y la policia judicial ,OIJ(represiva), con un modelo similar al FBI.
Imagen

Imagen

Imagen

Si desean saber mas , les puedo ampliar con mas fotos e informacion

_________________
"Si deseas la paz, preparate para la guerra"
Imagen
Normas del Foro
Hilo de presentaciones
A que cuerpo perteneces?


Arriba
 Perfil  
 

Compartir en:

Compartir en Facebook FacebookCompartir en Twitter TwitterCompartir en Tuenti TuentiCompartir en Sonico SonicoCompartir en Digg DiggCompartir en Delicious DeliciousCompartir en Technorati TechnoratiCompartir en Tumblr TumblrCompartir en Google+ Google+

 Asunto:
NotaPublicado: 24 May 2007 14:16 
Desconectado
Moderador
Moderador
Avatar de Usuario

Registrado: 07 Feb 2007 09:27
Mensajes: 13875
Ubicación: Pintiam.-
Tango Uno, bienvenido al foro.
Debes informarnos más sobre dichas agencias policiales, sueldos, Academias, entrenamiento, funciones, grados e insignias, uniformología, como estan vistos por la población civil, etc,etc.
Es importante que además de las fotos se den más datos sobre las unidades de las fotografías, porque si no, nos quedamos igual que antes.
Cada fotografía debería indicar como mínimo: Nacionalidad, Unidad que se trata, Agencia policial a la que pertenece, y funciones.-

_________________
SLAVA UKRAYINI! HÉROYAM SLAVA!.-
ImagenImagen
Imagen


Arriba
 Perfil  
 
NotaPublicado: 24 May 2007 20:51 
Desconectado
Ayudante
Ayudante
Avatar de Usuario

Registrado: 24 May 2007 20:33
Mensajes: 12
Ubicación: Costa Rica
Primero le traigo informacion del OIJ
Imagen


Es una institución pública, que depende de la Corte Suprema de Justicia y sus servicios son gratuitos.

La misión del Organismo de Investigación Judicial, según su Ley Orgánica, Nº5524, del 7 de mayo de 1974, es "Auxiliar a los Tribunales Penales y al Ministerio Público en el descubrimiento y verificación científica de los delitos y de sus presuntos responsables". Para cumplir con la finalidad descrita, el Organismo está investido de una serie de atribuciones estipuladas en su Ley Orgánica y el Código Procesal Penal, normativa que rige su actuar profesional. A su vez está dotado de una estructura organizativa, para lograr su cometido, compuesta por la Dirección General, Secretaría General y Oficinas Técnico-Administrativas, Departamento de Investigaciones Criminales, Departamento de Laboratorio de Ciencias Forenses y Departamento de Medicina Legal. También posee oficinas regionales en todo el país, las cuales están al servicio de la ciudadanía las 24 horas.

El Organismo de Investigación Judicial nació a la vida jurídica de Costa Rica, bajo el auspicio de la Ley de la República Nº5229, el 12 de diciembre de 1973.

Esta ley crea la nueva institución como una dependencia de la Corte Suprema de Justicia, circunstancia que la caracteriza como una policía "singular", pues el Estado reconoció una diferencia importante de las funciones atinentes a la policía; a saber, la preventiva y la represiva. Y es que "la actividad represiva tiene por objeto restablecer el orden material alterado. Por lo anterior el O.I.J. entra a funcionar cuando el delito se ha cometido y, por ende, está íntimamente ligado a la función jurisdiccional, como parte de la justicia represiva".



Estructura del Organismo de Investigación Judicial





A. Dirección General



Está integrada por un Director y un Subdirector, cargos ocupados en la actualidad por el Lic. Jorge Rojas Vargas y Lic. Francisco Segura Montero, respectivamente.



Las funciones principales de la Dirección son las siguientes:



Ø Tiene la obligación de vigilar el orden legal interno, para procurar un fiel cumplimiento de los miembros de la Institución.

Ø Será la encargada por excelencia de brindar información, así como de relacionarse inter institucionalmente.

Ø Marcar las directrices y fijar las normas internas que resulten necesarias.

Ø Determinar cuándo de oficio actuará el Organismo de Investigación Judicial.

Ø Estimular e incentivar al personal.





Dependen de esta dirección



Secretaría General, Comité Asesor, Oficina de Planes y Operaciones, Oficina de Prensa, Asuntos Internos, Departamento de Investigaciones Criminales, Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses, Departamento de Medicina Legal, Delegaciones, Subdelegaciones, y Oficinas Regionales.





B. Departamento de Investigaciones Criminales



Será el encargado de efectuar las pesquisas necesarias para el esclarecimiento de los hechos cuyo conocimiento corresponda al Organismo. Además, colaborará en los tribunales localizando, citando, presentando o capturando a las personas que aquellos le indiquen, cuando se hubiesen agotado los demás medios de que disponen las autoridades para esos efectos.

Lo conforman las siguientes secciones:



Homicidios

Estupefacientes

Delitos Contra la Propiedad

Penal Juvenil

Delitos Varios

Inspecciones Oculares y

Recolección de Indicios

Capturas

Especializada de Tránsito

Fraudes

Delitos Económicos y Financieros

Delitos Sexuales y Contra La Vida

Delitos Informáticos





C. Departamento de Medicina Legal



Será el encargado de ejecutar los exámenes y evacuar las respectivas consultas medico-forenses, en los casos cuyo conocimiento corresponde al Organismo.

Lo conforman las siguientes secciones:



Sección de Clínica Médico Forense

Sección Medicina del Trabajo

Sección Patología Forense

Sección de Psiquiatría Forense





D. Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses



Se encarga de practicar los peritajes, llevar a cabo los estudios y evacuar las consultas de su materia en todos aquellos asuntos que sean de competencia del Organismo.

Lo conforman las siguientes secciones:



Sección de Análisis de Escritura y Documentos Dudosos

Sección de Biología

Sección de Bioquímica

Sección de Fotografía y Audiovisuales

Sección de Pericias Físicas

Sección de Toxicología

Sección de Tránsito y Planimetría

Sección de Química Analítica[


Última edición por tango uno el 24 May 2007 22:19, editado 1 vez en total

Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: 24 May 2007 21:46 
Desconectado
Ayudante
Ayudante
Avatar de Usuario

Registrado: 24 May 2007 20:33
Mensajes: 12
Ubicación: Costa Rica
Brebe historia de la policia en Costa Rica
Imagen

Durante la época colonial se hicieron esfuerzos por crear una institución de carácter militar, pero dado que la población costarricense tenía necesidades más urgentes, fundamentalmente de tipo socioeconómico, esas inquietudes fueron relegadas. Tal situación, aunada a que la independencia de Costa Rica se alcanzó sin necesidad de que mediaran enfrentamientos armados con España, con el paso del tiempo esos hechos fueron reafirmando la vocación civilista y pacifista del pueblo costarricense. La siguiente es una sinopsis de lo que ha sido la evolución de las fuerzas armadas y policiales costarricenses desde el Siglo XIX hasta principios del Siglo XXI.

1821:Con la promulgación del Pacto de Concordia, se establecieron dos vocales en el área militar, hacienda, economía, policía pública y política, así como comandancias en los pueblos a cargo de un oficial.

1842:Se trató de crear el servicio militar obligatorio, sin que tuviera éxito alguno.

1844:Posteriormente, la Asamblea Constituyente del 9 de abril de 1844, crea mediante la Constitución del Estado Libre de Derecho, en su artículo 163, el Ministerio de Hacienda y Guerra.

1848: En 1848, una nueva constitución abolió el Ejército por primera vez.

1849: Es reestablecido el Ejército y a la vez fue eliminado el Ministerio de Guerra, pero el Gobierno de turno fue depuesto por el General Tomás Guardia, quien volvió a abolir el Ejército.

1850: El presupuesto de este Ministerio era del 20% del presupuesto nacional, y en 1874 era del 37,4%.

1855:Durante la segunda mitad de esa década se movilizaron y organizaron fuerzas militares con motivo de la presencia en Centroamérica del filibustero estadounidense William Walker y sus fuerzas invasoras, las cuales pretendían apoderarse de nuestro país.

1908: A partir de 1908 el ejército se subdividió en tres cuerpos: infantería, artillería y caballería.

1917:Con la llegada al poder de Federico Tinoco, tras deponer al Presidente Alfredo González Flores, su régimen reestructuró el Ejército.

1923: El Presidente Julio Acosta elimina el Ministerio de Guerra, el cual fue reemplazado por el Ministerio de Seguridad Pública y las actividades militares pasaron a un segundo plano. El 13 de abril ese mismo año, mediante la Ley número 93, se creó la Dirección de Investigaciones Criminales.

1948: El primero de diciembre de 1948 mediante decreto-ley se abolió el ejército.

1949:Tal abolición fue ratificada por la Asamblea Constituyente en su artículo 12 de la Constitución de la República de Costa Rica de 1949, al proscribirse el Ejército como institución permanente y disponiéndose que para la vigilancia y conservación del orden público, por lo que las fuerzas armadas pasan a llamarse Guardia Civil y ésta se encarga de funciones policiales y de orden y seguridad de la Nación.

1964: Se creó la Academia Nacional de Policía.

1970: La Guardia de Asistencia Rural se crea en 1970 en sustitución del Resguardo Fiscal y la Policía de Villas y Pueblos.

1978-1982: Durante gobierno de Rodrigo Carazo Odio se fusionó el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Gobernación y Policía en uno solo, el cual se denominó Ministerio del Interior; no obstante, en posteriores administraciones este proyecto no tuvo el apoyo necesario para continuar.

1994:El 26 de mayo de 1994 se crea la “Ley General de Policía” número 7410, con lo que, por primera vez, el país cuenta con un cuerpo legal que regula a todas las policías del país. Esta ley crea por primera vez la carrera policial, con lo que se mejora la capacitación policial, las posibilidades de ascenso, las condiciones salariales y se elimina la remoción de personal con cada cambio de gobierno, con lo que se le garantiza al país la estabilidad laboral de sus fuerzas policiales.

1995: La Guardia de Asistencia Rural, que siempre había pertenecido al Ministerio de Gobernación y Policía, fue traspasada al Ministerio de Seguridad Pública. Posteriormente, a mediados de ese año, los dos ministerios se vuelven a unir con el nombre de Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, que es la forma como actualmente se conoce.

2000:Se publica la Ley de creación del Servicio Nacional de Guardacostas, número 8000, la cual sentó las bases de la profesionalización del hasta ese entonces Servicio de Vigilancia Marítima.

2001: Mediante la Ley número 8115 del 28 de agosto del 2001, se declara el 1 de diciembre como el “Día de la Abolición del Ejército”. Ese mismo año, el 23 de marzo, es publicada la “Ley de Policía Civilista”, la cual reforma la Ley General de Policía y, entre otros avances, crea la Dirección de Apoyo Legal Policial, una unidad compuesta por abogados policías, los cuales se encargan de asesorar a los policías en sus funciones. De igual modo son cambiados los rangos de carácter militar por otros de carácter civilista.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: 14 Jun 2007 09:37 
Desconectado
Ayudante
Ayudante

Registrado: 11 Jun 2007 05:20
Mensajes: 12
Ubicación: ???????
exelente aporte muchas gracias


y muy guapas fotos

_________________
!!!!podras,tirarme,patearme,y azotarme,
pero nunca me haras daño,¿sabes por que? por que soy un maldito pato de hule.cuac,cuac,cuac


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 5 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro

Buscar:
Saltar a:  


Desarrollado por phpBB® Forum Software © phpBB Group
El Foro Fauerzaesp se nutre gracias a sus usuarios ||Fauerzaesp
 
Creditos