Fuerzas de Elite

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NotaPublicado: 23 Nov 2007 19:55 
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Registrado: 05 Nov 2007 23:53
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El periodo de instrucción basica, es de 2 meses o 4 meses. Es que hay gente que me a dicho que eran 2 y otros que son 4.
Otra duda es si una vez acado eres enviado al destino elegido( en caso de haber plazas),y en caso de no ser posible al destino mas proximo al solicitado, o si te mandan directamente al que quieren.


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NotaPublicado: 24 Nov 2007 18:29 
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Registrado: 22 May 2007 22:38
Mensajes: 1060
Ubicación: En ese extraño estado llamado... reserva.
Aver te explico, la instruccion son X meses, dependiendo de la especialidad que escojas, no es que los señores de un ciclo hagan 2 meses, y los del siguiente hagan 5 porque si, supongo que tu querras Seguridad y Defensa, y tengo entendido que son 2 y 2(4 meses), de todas formas, seguro que algun compañero PA te lo puede decir mas claro.
En el tema de destinos, tu antes de hacer las pruebas de acceso siquiera, ya escojes a donde quieres ir, y si superas las pruebas de acceso con la nota adecuada, te conceden eses destino, que nadie te va a cambiar, simplemente, si sacas nota suficiente para quedarte la plaza, pues te la quedas, sino, pues pasas a la siguiente que has puesto como preferencia, y asi, pero no te van a mandar a ningun sitio que TU no hayas solicitado.

_________________
Durante la noche, dormimos seguros en nuestras camas, porque hay hombres en su puesto dispuestos a defendernos de la violencia de aquellos que quieren herirnos.


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NotaPublicado: 28 Nov 2007 15:36 
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Registrado: 04 Sep 2007 15:13
Mensajes: 73
Ubicación: España
A ver, vais un total de 4 meses a la ETESDA, dos de formacion general militar, y dos de formacion general especifica (especialidad).

Una vez vas a la escuela, vas con tu plaza asignada, previa elección tuya en el centro de reclutamiento, es decir si tu pediste por ejemplo Getafe, cuando acabes, te vas a Getafe..

Creo que no se me escapa nada, saludos.


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NotaPublicado: 10 Ene 2008 09:57 
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Registrado: 17 May 2007 21:53
Mensajes: 4735
Ubicación: guipuzcoa( España)
Policia Aerea escribió:
Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
TÍTULO XIX.
DE LA POLICÍA AÉREA.

Artículo 442.
Las Unidades de Policía Aérea estarán organizadas básicamente para desempeñar, tanto en paz como en guerra, misiones específicas de seguridad y orden.

Artículo 443.
Su personal será especialmente seleccionado e instruido para el desempeño de sus competencias específicas. En todo momento se le exigirá aquellas condiciones que lo cualifiquen para su misión, a la que deberá estar exclusivamente dedicado.

Artículo 444.
El que preste servicio como policía habrá de ser firme sin violencia y prudente sin debilidad. Tendrá presente que sus principales armas son la persuasión y la entereza moral, y sólo hará uso de la fuerza cuando sea necesario.

Artículo 445.
Los miembros de la Policía Aérea estarán capacitados para cumplir cometidos de vigilancia, custodia, protección de autoridades e instalaciones, escolta y regulación de transportes y convoyes militares, identificación de personal y vehículos, y otros análogos que se les pueda encomendar de los que figuren en su reglamentación específica.

Artículo 446.
Podrán actuar en auxilio de jueces y tribunales militares y efectuar detenciones con arreglo a lo dispuesto en las leyes procesales militares y demás disposiciones de aplicación. De igual forma podrán custodiar y conducir prisioneros, presos y arrestados, y desempeñar cometidos de seguridad en prisiones militares.

Artículo 447.
En los establecimientos del Ejército del Aire que cuenten con unidad de Policía Aérea, la Guardia de Seguridad se montará con efectivos de ésta, bien sea totalmente o sólo para los cometidos que exijan una especial preparación, también podrán tener a su cargo la Guardia Interior, cuando la haya, el control de la circulación dentro del recinto militar y otros análogos que se les encomienden.

Artículo 448.
Los miembros de la Policía Aérea que formen parte de una patrulla de vigilancia velarán por el orden, comportamiento y estado de policía del personal de tropa que, estando fuera de los recintos militares, no se halle bajo el control directo de un Oficial o Suboficial.

Artículo 449.
Durante su servicio, de acuerdo con las disposiciones en vigor, prestarán auxilio a la Policía Militar de los otros Ejércitos, y, en caso de urgente necesidad, a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad a petición de los mismos.

Artículo 450.
En ausencia de miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dichas patrullas intervendrán ante flagrantes delitos, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tan pronto como les sea posible recabarán su presencia y darán cuenta de su actuación a sus superiores.

Artículo 451.
En el ejercicio de sus funciones tendrá el carácter de agentes de la autoridad. Cuando por la índole del servicio que presten porten armas de guerra, tendrán el carácter de fuerza armada.

Artículo 452.
Cuando no se disponga de Policía Aérea, determinados cometidos de ésta podrán ser desempeñados por otro personal designado al efecto, el cual llevará durante su servicio un distintivo que acredite su condición.

_________________
"Una nacion no se pierde porque unos la ataquen,sino porque quienes la aman no la defienden".
Blas de Lezo y Olavarrieta.
Almirante Español que humillo a los Ingleses en la defensa de Cartagena de Indias (1.741).



Armero,siempre te recordaremos!!!.[/b]


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NotaPublicado: 11 Ene 2008 00:25 
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Registrado: 24 Ago 2007 22:42
Mensajes: 1554
Hola TXONI nuevamente tu aportacion es maravillosa, muy buena aportacion como siempre, la lastima es que no se me halla ocurrido ami, gracias ponerlo y por el curro que te hallas pegado buscandolo y poniendolo.

Por cierto con respecto a la aplicacion de algunos de los articulos, que pena que no los lleven a cabo con la debida formacion como por ejemplo en cuanto al codigo penal y ley de enjuiciamiento criminal con respecto a la hora de los derechos y tiempo de detencion y los delitos del codigo penal civil y militar. Ya que cuando yo estuve no me enseñaron nada de eso.

Que pena que la mayoria de los PA no se les forme correctamente, luego cuando se les saca como paso con el 11-M en la OPERACION ROMEO-MIKE I Y II (sobre todo en la II) nos dijeran que si veimamos faltas o delitos como robo de carteras en los vagones o semejantes pasaramos del tema por evitar marranes y que solo en es posible caso grave "retuvieramos" cuando legalmente no existe nada de eso, cuando la retencion es inconstitucional.

Animo a las PA de toda ESPAÑA

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SOLO MERECE VIVIR, QUIEN POR UN NOBLE IDEAL, ESTA DISPUESTO A MORIR

HONOR, LEALTAD Y SACRIFICIO


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NotaPublicado: 18 Ene 2008 21:04 
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Registrado: 10 Ene 2007 15:36
Mensajes: 5731
Unidad a elegir: url=http://www.policiaaerea.org]AGRUPACIÓN BASE AÉREA DE ZARAGOZA[/url] (pinchad y nos descubriréis)

número de plazas: TRES

Especialidad: Seguridad y Defensa

OTRAS PLAZAS PUBLICADAS EN ZARAGOZA:

GRUPO NORTE DE MANDO Y CONTROL, es un Centro de Control del espacio aéreo ubicado en la misma Base Aérea de Zaragoza, desempeñareis labores de Control interior de la instalación.

ESCUADRÓN DE APOYO AL DESPLIEGUE AÉREO (EADA), Unidad de élite del Ejército del Aire, requiere mucho sacrificio y dedicación, con viajes continuos al extranjero, etc. Si te gusta la acción, a por ella.

UN SALUDO Y SUERTE A TODOS
[[/quote]

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Munifex escribió:
...en España NOS gusta mucho el "rollo" secretismo y dar una aureola grandiosa a lo que desonocemos. A las unidades se las debe valorar por lo que se conoce que hacen, lo demás es falsa mitología.-


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NotaPublicado: 24 Ene 2008 20:39 
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Registrado: 22 May 2007 22:10
Mensajes: 38
Aquí os pongo un video del Ejército del Aire SIN AVIONES

Os pongo el enlace y que os guste

Policía Aérea

Un saludo

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NotaPublicado: 24 Ene 2008 20:49 
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Registrado: 24 Ago 2007 22:42
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Muy bueno, por cierto madre me has recordado viendo partes de la BASE todo lo que me hiceron correr por ahi durante la instruccion de SGD lo que corria el BGD de deportes.

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NotaPublicado: 07 Feb 2008 17:37 
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Registrado: 24 Ago 2007 22:42
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Hola aqui os pongo un patrol de la PA pero de los largo


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